domingo, 18 de junio de 2017

19 de Junio: Fallecimiento de Juan Bautista Alberdi

Juan Bautista Alberdi
Político, jurisconsulto y escritor argentino (Tucumán, 1810 - Francia, 1884). Residió desde muy joven en Buenos Aires, ciudad en la que desarrolló una importante actividad política, cultural y social. Participó en la fundación del Salón literario y la Asociación de Mayo junto a Esteban Echeverría. Fundó el periódico La Moda y compuso algunas piezas musicales.

Decidido opositor al gobierno de Juan Manuel de Rosas, debió expatriarse y pasó casi toda su vida en el exilio. Hacia 1840 concluyó sus estudios de Derecho en Montevideo. Más tarde viajó por Europa y Sudamérica. Finalmente se estableció en Valparaíso (Chile), donde se dedicó a su profesión de abogado con gran éxito, pero sin abandonar la literatura y el periodismo. Ejerció una gran influencia en las instituciones políticas argentinas.
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En 1852 escribió Bases para la organización política de la Confederación Argentina, tratado completo de Derecho público americano, prácticamente un «borrador» de la Constitución Nacional Argentina de 1853. Adherido a la Confederación y enfrentado a la política de Buenos Aires, en 1855 fue nombrado consejero del gobierno del general Justo José de Urquiza y representante plenipotenciario de la Confederación Argentina en la legaciones de París, Madrid y Londres.

Junto a Domingo F. Sarmiento -con quien polemizó duramente en la Cartas Quillotanas-, fue uno de los intelectuales más importantes e influyentes de Argentina y América Latina durante el siglo XIX. Muchas de sus ideas y propuestas se plasmaron en el régimen político que se consolidó en los 80. La derrota de Urquiza ante Bartolomé Mitre en la batalla de Pavón (1861) le obligó a prolongar su exilio, permaneciendo en Francia. Regresó al país por un breve periodo de tiempo pero volvió a Francia, donde murió.

Fue autor de numerosos trabajos que incluyen el ensayo, la crítica literaria, la polémica, etc., de los que, además de las Bases, podemos mencionar Las palabras de un ausente, El voto en América, El crimen de la Guerra, Sistema Económico y rentístico de la Confederación Argentina, Preliminar al estudio del derecho. También fue redactor de numerosos periódicos políticos y literarios, publicó una serie de artículos costumbristas -bajo el seudónimo de Figarillo- y escribió una crónica dramática sobre la Revolución de Mayo.
Padre Constitucional Argentino
Ha aquí la parte quizás mas interesante desde el punto de vista de lo que nos deja el autor, ya que ha escrito distintos tipos obras, de la mas variada así escribirá sobre Economía, Filosofía, Arte, y principalmente, sobre Derecho Publico (Constitucional, Provincial y Tributario) que nos lleva a pensar sobre su inmenso caudal de conocimiento que poseía Juan Bautista Alberdi.
Solo expondremos un listado incompleto, y comentaremos someramente algunos fragmentos de sus obras por razones de brevedad:
· Fragmento Preliminar al estudio del derecho (1837)
Será éste el primer ensayo producto de la madurez que ya poseía el autor en aquel entonces, se expondrán en este libro, los fundamentos filosóficos del Derecho y la filosofía política, a la vez que construye una teoría general del Estado y del Derecho.

La obra puede considerarse como una introducción al Derecho, a la par que un estudio de Derecho Político. Por otro lado resalta fundamentalmente la importancia del derecho: "Cuando esta ciencia( Jurídica) haya llegado a sernos un poco familiar, nos hará ver que el derecho sigue un desenvolvimiento perfectamente armónico con el del sistema general de los otros elementos de la vida social; es decir, que el elemento jurídico de un pueblo se desenvuelve en un paralelismo fatal con el elemento económico, religioso, artístico, filosófico de este pueblo: de suerte que cual fuere la altura de su estado económico, religioso, artístico y filosófico, tal será la altura de su estado jurídico." Parecería acertada aquella frase de Pascal la parte esta en el todo, pero el todo esta también en la parte. Alberdi comprendió la misma, por esto considero esencial, que el elemento Jurídico no es lo fundamental para el crecimiento de un Estado, si no que también se integre con el crecimiento de otros elementos igualmente validos como son el económico, artístico, y filosófico (esto en un sentido cultural).
· Predicar en desiertos (1838)
Este fragmento extraído no debe ser mal interpretado, Alberdi era mal interpretado en su época ya que, fue pasible no de pocas criticas por sus estilo de escritura, su forma de ver la realidad le produjo aversiones, como también grandes afectos: "Escribir en La Moda, es predicar en desiertos, porque nadie la lee. ¿Para qué la han de leer? La Moda no da de palos, no da oro; solo debe a las pocas risas que se le escapan, los pocos lectores con que cuenta. ¿Para qué la han de leer? (…) La Moda es para ellos un sucucho, un cuartejo a la calle, una barbería donde un tal Figarillo (seudónimo que utilizaba en sus publicaciones) hace más enredos que barbas.". Debemos también tener presente que La Moda fue la primera editorial, donde publico diversos artículos describiendo la realidad. Predicar en desierto para el autor será "leer su obra a la ligera, siendo mal interpretado"
· Reacción contra el españolismo (1838)
Desde aquí nos tratara de mostrar que las costumbres forman parte de un pueblo, se arraigan a él y son difíciles de cambiar, pero solo una conciencia sobre la libertad nos hará llegar a un estado mas libre: "Después de tan larga esclavitud es difícil saber ser libre. Deseamos serlo, lo repetimos a cada momento; sin embargo, lo seremos de derecho mucho tiempo antes de que reine en nuestras costumbres, en nuestras ideas, en nuestro modo de ver y de vivir la verdadera libertad. Y las costumbres no se varían en un día, desgraciadamente, ni con un decreto; y más desgraciadamente aún, un pueblo no es verdaderamente libre, mientras que la libertad no está arraigada en sus costumbres, o identificada con ellas" (Fígaro,"Jardines públicos")".
· La generación presente a la faz de la generación pasada (1838)
Alberdi en éste fragmento resaltara la importancia que tuvieron los hombres de mayo en la Independencia, que han sido olvidados por la generaciones venideras, les llamaba hombres prácticos, de la acción, pero se atribuirá a ellos: La Generación del "37, de la cual formaba parte, la Organización de esa Nación todavía en formación… "Ahí tienen ustedes la joven generación, la gran generación, la esperanza, el porvenir de la patria, como ella misma se dice modestamente. Ahí tienen ustedes los hombres que ya no hacen caso, que tienen en menos, que han echado en olvido a los gigantes de Mayo"
· La Revolución de Mayo (1839)
· El gigante Amapolas y sus formidables enemigos, o sea fastos dramáticos de una guerra memorable (1842)
· Ideas para presidir a la confección del curso de filosofía contemporánea (1842)
· Memoria sobre la conveniencia y objetos de un Congreso General Americano (1844)
· Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina (1852)
Libro de la libertad, capaz de orientar a los ciudadanos por el verdadero camino de nuestras democráticas instituciones, para cumplirse y desarrollarse cada vez más vigorosamente. No realizaremos resúmenes del mismo, pues consideramos imprescindible su estudio integro para su conocimiento.
Solo diremos que fue un libro fruto de la madurez intelectual que tenia el autor. Mucho se critico sobre la originalidad o no de sus ideas, solo diremos, que: Juan Bautista Alberdi no pretendió ser original, si no que fue un visionario que gracias a su caudal de conocimiento y los antecedentes e ideas imperantes de la época, fundió un crisol que consistió en ver cual eran los males que aquejaban la organización en esos tiempos, y logro adaptarlas a una posible y actual estructura nacional.
· Elementos de derecho público provincial para la República Argentina (1853)
Precisando nociones de este Derecho, de las instituciones provinciales y la aplicación práctica de sus ideas en el proyecto constitucional para la provincia de Mendoza. La obra es un verdadero compendio del régimen federal, que trata del deslinde de competencias entre la Nación y las provincias. Ha sido y es, un manual de consulta para cualquier investigación científica sobre el Derecho Público Provincial.

· Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina (1854)
Es aborda y explica la relación entre el Derecho y la economía. Allí señala los principios e instrumentos necesarios para consolidar la libertad económica. Una vez mas expondrá con grandes conocimientos, cuales serán los desafíos de una Economía Nacional, y es consecuente con la Constitución Nacional: "El presente escrito, contraído al estudio de las reglas y principios señalados por la ley constitucional argentina al desarrollo de los hechos que interesan a la riqueza de aquel país, pertenece a la economía aplicada, y es más bien un libro de política económica, que de economía política. En él prescindo del examen de toda teoría, de toda fórmula abstracta, de las que ordinariamente son materia de los escritos económicos, porque este trabajo de economía aplicada y positiva supone al lector instruido en las doctrinas de la economía pura; y sobre todo porque están dados ya en la Constitución los principios en cuyo sentido se han de resolver todas las cuestiones económicas del dominio de la legislación y de la política argentina." Nuestro querido Juan Bautista Alberdi es claro, trata Política Económica, y no Economía Política, lo que desde ya señala su gran higiene intelectual, ya que no pretende exponer teorías económicas, si no solo el abordaje político de la misma.
· El crimen de la guerra (1870)
· Peregrinación de Luz del Día en América (1871)
· La Omnipotencia del Estado es la Negación de la Libertad Individual (1880)
· Grandes y Pequeños Hombres del Plata (1879)
· República Argentina (1880)
8 definiciones de Juan Bautista Alberdi sobre el trabajo
Fue uno de los intelectuales que participaron en la elaboración de la Constitución de 1853. En su libro, "Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina", analizó la cuestión del empleo y los salarios
1
Con la abolición de los privilegios de todo género, dejan de ser constitucionales las leyes que establecen gremios cuerpos y matrículas de trabajadores. Tales instituciones constituyen privilegios ofensivos de la igualdad.

2
La Constitución ha enriquecido los provechos del trabajo libre, aboliendo el trabajo esclavo y servil, que le hacía concurrencia desastrosa.

3
Garantizar trabajo por ley a cada obrero sería tan impracticable como asegurar a todo vendedor un comprador, a todo abogado un cliente, a todo médico un enfermo, a todo cómico, aunque fuese detestable, un auditorio.

4
Dios, que ha formado a todos los hombres iguales en derecho, ha dado a los unos capacidad y a los otros inepcia, creando de este modo la desigualdad de las fortunas, que son el producto de la capacidad, no del derecho.

5
La ley puede dar y da el derecho de ganar el pan por el trabajo; pero no puede obligar a comprar ese trabajo al que no lo necesita.

6
Cuando la Constitución proclama la libertad o derecho al trabajo, no da por eso a todo trabajador la seguridad de hallar trabajo siempre.

7
El salario es libre por la Constitución como precio del trabajo, su tasa depende de las leyes normales del mercado, y se regla por la voluntad libre de los contratantes.

8
Todos tienen opción a los beneficios del trabajo, bajo las reglas de una entera libertad sobre su tasa entre el que ofrece el trabajo y el que lo busca.

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