miércoles, 27 de septiembre de 2017

27 de septiembre: Día de los derechos de los niños y adolescentes

Sobre la Convención de los Derechos de los Niños y Niñas

Una Convención es un acuerdo entre países que deben respetar la misma ley, a pesar de algunas modificaciones o reservas que cada país puede realizar sobre la base de su cultura y tradición. Cuando un Estado ratifica una convención significa que acuerda en obedecer la ley escrita en esa convención.

El Congreso de la Nación Argentina ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño el 27 de septiembre de 1990 mediante la ley 23.849 y la Asamblea Constituyente la incorporó al artículo 75 de la Constitución de la Nación Argentina en agosto de 1994. A partir de este compromiso el gobierno debe realizar los esfuerzos posibles para asegurar que todo niño, niña y adolescente tenga acceso a todos los derechos que figuran en la Convención.

La Convención sobre los Derechos del Niño tiene 54 artículos y cada uno explica cada uno de tus derechos. Sin embargo, muchos derechos se complementan entre sí y la protección de uno de ellos no debería hacerse descuidando el resto. Además, muchos artículos se refieren a cómo los adultos y los gobiernos deberían trabajar juntos para lograr el cumplimiento de la Convención.

La difusión de la Convención es una obligación de todos ya que, de acuerdo al artículo 42, los niños y adolescentes tienen derecho a conocer cuáles son sus derechos. Conversá con tus amigos, tus padres y tus maestros. Contándole a otra gente sobre los derechos de los niños y las niñas estarás ayudando también a otros. Cuanta más gente comprenda que los niños, niñas y adolescentes tienen derechos será posible lograr que todos obtengan lo necesario para crecer sanos, desarrollar sus aptitudes y ser libres.

Quizás la lectura de la Convención te resulte muy larga y te pierdas entre tantos artículos, por eso decidimos agrupar por temas los que pensamos son más importantes y pueden ser de tu interés.
Derechos generales
A que sean considerados en el ámbito de la Convención todos los menores de 18 años. En la República Argentina se entiende por niño todo ser humano desde su concepción.

A que el interés del niño sea lo primero en todas las medidas que le conciernen.

A que el Estado tome todas las medidas administrativas, legislativas y de toda índole para hacer efectivos los derechos de la Convención.

A que el Estado respete los deberes y derechos de los padres, familiares, comunidad, tutores y personas encargadas legalmente del niño.

A un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

A que el Estado ayude a los padres u otros responsables del niño para que cumplan con sus deberes y derechos.

A que se asegure el pago de pensión alimenticia dentro y fuera del país.

A las disposiciones nacionales e internacionales más favorables para los derechos del niño.

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